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EE. UU. exige al menos 5 años en el país para transmitir ciudadanía a hijos nacidos en el extranjero

  • Foto del escritor: Jaime Rodriguez
    Jaime Rodriguez
  • 17 nov
  • 2 Min. de lectura

Un niño nacido fuera de EE. UU. puede obtener la ciudadanía si uno de sus padres es ciudadano y cumplió cinco años de presencia física, dos después de los 14. La embajada recordó requisitos, documentos, ADN y reglas del CRBA, que debe solicitarse antes de los 18 años.


(Fuente externa)
(Fuente externa)
Embajada de EE. UU. recuerda requisitos para que niños nacidos en el extranjero adquieran la ciudadanía

La embajada de Estados Unidos en República Dominicana recordó este lunes que los niños nacidos fuera del territorio estadounidense pueden adquirir la ciudadanía al nacer, siempre que uno de sus padres sea ciudadano y cumpla con los requisitos de residencia establecidos en la ley.


La aclaración fue ofrecida en la columna “Pregúntale al cónsul”, la primera publicada tras el cierre del Gobierno estadounidense que se extendió por 43 días.


De acuerdo con la misión diplomática, en la mayoría de los casos el padre o madre ciudadano debe demostrar que residió físicamente en territorio estadounidense por al menos cinco años, de los cuales dos deben haber ocurrido después de los 14 años de edad, y todo esto debe completarse antes del nacimiento del menor.


La embajada advirtió que, para solicitar un pasaporte estadounidense o el Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), los padres deben presentar todos los documentos originales requeridos durante la cita consular, los cuales serán devueltos tras la entrevista. La falta de documentos puede retrasar el proceso o requerir una nueva cita.


Los oficiales consulares pueden solicitar evidencias adicionales, incluido un posible examen de ADN para confirmar el vínculo biológico con el menor.


Además, las autoridades recordaron que las tarifas de pasaporte y CRBA no son reembolsables, aun cuando la solicitud sea rechazada o deba repetirse.


El Departamento de Estado también señaló que la ciudadanía puede gestionarse después del nacimiento, siempre que el trámite se realice antes de los 18 años del solicitante. El CRBA funciona como certificación oficial de que el menor adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer, al cumplir sus progenitores los requisitos legales para transmitirla.


Diario Libre USA. (2025, 17 de noviembre). EE. UU. exige al menos 5 años en el país para transmitir ciudadanía a hijos nacidos en el extranjero. Diario Libre. https://www.diariolibre.com/usa/actualidad/2025/11/17/requisitos-para-dar-ciudadania-estadounidense-a-hijos-en-extranjero/3319860

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